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Acovedi
La Superintendencia de Sociedades expidió una nueva Circular Externa que adiciona de manera integral los Capítulos V, VI y VII a la Circular Básica Contable de 2022. Esta actualización tiene como propósito unificar y definir la forma en que ciertas entidades deben preparar, presentar y revelar su información financiera. El Capítulo V se enfoca exclusivamente en los «Regímenes Especiales», estableciendo lineamientos contables precisos para compañías multinivel, administradoras de planes de autofinanciamiento comercial (SAPAC), operadores de libranzas, empresas de factoring y clubes de fútbol con deportistas profesionales, detallando el reconocimiento y medición de sus operaciones particulares.
Por su parte, el nuevo Capítulo VI aborda detalladamente el «Régimen de Insolvencia».
Este apartado brinda directrices técnicas sobre el tratamiento contable aplicable durante los procesos de reorganización y liquidación judicial. Entre sus aspectos más destacados, regula la evaluación de la hipótesis de negocio en marcha, los mecanismos de normalización del pasivo pensional (como la conmutación y asunción por terceros) y la aplicación contable de los nuevos mecanismos expeditos de alivio y reactivación empresarial, tales como la capitalización de pasivos y la descarga de deudas.
Finalmente, el Capítulo VII reglamenta el proceso de «Liquidación Voluntaria», dictando las reglas obligatorias para la elaboración del inventario del patrimonio social cuando las entidades cesan sus operaciones. Además, estipula los parámetros para la adecuada constitución de reservas destinadas a cubrir obligaciones condicionales o litigiosas, el tratamiento para la distribución anticipada y final de los remanentes entre los asociados, y los requisitos financieros aplicables en caso de que una sociedad decida reactivarse o reconstituirse.
Para profundizar en los lineamientos técnicos, métodos de medición exigidos y conocer el texto íntegro de la norma, lo invitamos a revisar la publicación oficial. Puede acceder y realizar la lectura del documento completo a través del siguiente enlace: Leer el documento original: 2026-01-509314.pdf.